martes, 28 de agosto de 2012

Remate para funcionamiento de Ramada Oficial Fiestas patrias Los Vilos 2012


Este Jueves 30 de agosto, a las 11.30 horas se efectuará el remate para la Ramada Oficial de Los Vilos, instancia en que podrán  todas  las  personas  naturales  o  jurídicas  que  tengan  interés en operar esta actividad, cuyo valor mínimo de adjudicación será la suma de $100.000. (cien mil pesos), a partir del cual se iniciarán las propuestas. Todo, a continuación en las siguientes bases.

REGULACION DEL FUNCIONAMIENTO DE RAMADAS
CELEBRACION DE FIESTAS PATRIAS 2012.
Y
BASES PARA REMATE DE USO DE INMUEBLE
PARA EL  FUNCIONAMIENTO DE LA RAMADA OFICIAL DE LOS VILOS
Las presentes normas regularán el funcionamiento de las Ramadas dieciocheras y el otorgamiento de los permisos municipales para su funcionamiento. Asimismo, regularán la entrega de la autorización de uso de un inmueble de propiedad municipal, para el funcionamiento de la Ramada Oficial de la Comuna de Los Vilos.
Se entiende por “Ramadas”, las instalaciones o establecimientos provisorios abiertos al público, especialmente dedicados por sus responsables a la celebración de las festividades Patrias, en los que pueden emitirse música en vivo o envasada y expenderse productos comestibles y bebestibles para ser consumidos al interior de  los mismos.
I.  DE LOS PERMISOS Y FUNCIONAMIENTO DE LAS RAMADAS.
1.  Días y Horarios de Funcionamiento.
Las Ramadas, podrán funcionar a partir del día 15 de Septiembre de 2012, concluyendo sus actividades el día 19 del mes y año señalados.
La inauguración e inicio de sus actividades podrá efectuarse a partir de las 12:00 horas del día 15 de septiembre y su Clausura, se producirá impostergablemente a las 23:59 horas del día 19 de septiembre, ambas fechas del año 2012.
2.  Obtención del Permiso Municipal y regulación de las Actividades propias de las Ramadas.
El permiso municipal se otorgará a los oferentes que cuenten con aprobación previa y por escrito, de la Directiva de la respectiva Junta de Vecinos. Asimismo, el solicitante deberá premunirse con anticipación de los respectivos permisos de funcionamiento, tanto sanitarios, ante el S.I.I según corresponda y la visación previa de la DOM, copia de los cuales deberá acompañar a su solicitud.
El otorgamiento del Permiso Municipal, supone además el pago de los derechos de funcionamiento y aseo del entorno, que equivalen a un total de 1,25 UTM.
El Permiso Municipal cubre la actividad propia de las Ramadas y otorga a su titular el derecho a su funcionamiento, a la emisión de música para diversión del público asistente y al cobro de los precios de los productos que se expendan, incluídas bebidas alcohólicas exclusivamente destinadas a ser consumidas en su interior, estimándose una falta grave el expendio hacia el exterior, hecho que producirá la clausura inmediata de la Ramada, sin derecho a indemnización alguna.
El Permiso se otorgará a la persona natural que lo solicite o al representante legal de la institución solicitante. Los permisionarios serán responsables ante la Municipalidad de todo hecho ocurrido o cuya ocurrencia se inicie al interior de la Ramada, que infrinja las leyes o normas aplicables a la actividad permitida, que ponga en peligro o cause perjuicio a personas o bienes o que altere la tranquilidad y normalidad del sector residencial.
El Permisionario será responsable que las actividades y conducta del público asistente, se enmarque en las regulaciones vigentes; asimismo, será responsable que la emisión de música y ruidos se ajuste a la forma y límites previstos en la Ordenanza Municipal de Medio Ambiente y de adoptar, en su caso, las medidas inmediatas que el Municipio o los Servicios o Autoridades competentes, le instruyeran para un adecuado funcionamiento.
Al cierre de las actividades, el Permisionario deberá cuidar del retiro completo de los elementos removibles que hubieren sido aplicados en el exterior del establecimiento o instalación, de modo que el entorno quede libre de todo residuo que afecte o pudiere afectar la higiene, salud o estética del sector.
La supervisión del funcionamiento de las Ramadas, estará a cargo de un funcionario municipal que desempeñará el rol de Supervisor que fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones del permisionario y la normalidad de funcionamiento de las Ramadas.

II.  DEL  USO DE UN INMUEBLE MUNICIPAL, PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA RAMADA OFICIAL DE LA COMUNA DE LOS VILOS.
La Ilustre Municipalidad de Los Vilos, es dueña del inmueble ubicado en la intersección de la Avenida Costanera con calle Tegualda, cuyo uso durante los días previstos para las Celebraciones Patrias, será entregado a la persona natural o jurídica que resultare adjudicada, para ser exclusivamente utilizado en el funcionamiento de la RAMADA OFICIAL DE LOS VILOS. La autorización del uso del terreno, se adjudicará en REMATE PUBLICO, conforme a las siguientes bases:


1.   De la Publicación de las Bases:
Se efectuará entre los días 27 y 29 del mes de agosto del presente año, fijándose  carteles en el exterior de las dependencias municipales y en lugares destacados de la ciudad. Dichas Bases podrán ser retiradas en la Oficina de Partes de la Municipalidad, ubicadas en Avda. Caupolicán N°309 y se publicarán en la página electrónica del Municipio wwwmunilosvilos.cl, a partir del día 27 de agosto en curso.

2.  De los participantes.
Podrán  participar en el Remate y efectuar pujas  todas  las  personas  naturales  o  jurídicas  que  tengan  interés en operar la actividad lucrativa el objeto de esta licitación.
3. Del Remate.
El remate se efectuará el día jueves 30 de agosto de 2012, a las 11,30 horas, en la Sala de Reuniones de la Municipalidad de Los Vilos, ubicada en Avda. Caupolicán N°309, Los Vilos. Actuará como Martillera, la Sra. Directora del Departamento de Administración y Finanzas.
El valor mínimo de adjudicación será la suma de $100.000. (cien mil pesos), a partir del cual se iniciarán las propuestas. La autorización de uso referida, se adjudicará a quien efectúe la oferta de mayor valor sobre el mínimo aludido.
4. Del Pago de la oferta y de la suscripción del Contrato.
Hecha la adjudicación por la Martillera, la persona favorecida deberá proceder de inmediato al pago del valor ofertado, de contado y en dinero efectivo, que ingresará en arcas municipales. Si el pago no se efectúa en el acto, la adjudicación quedará sin valor alguno y se procederá de inmediato a un nuevo remate, en las mismas condiciones del anterior.
Dentro de segundo día de efectuado el pago, la adjudicataria deberá suscribir el contrato de uso del inmueble, que redactará la Municipalidad. Al momento de la suscripción, la adjudicataria deberá entregar una Boleta de Garantía a la vista o Vale Vista, por un monto igual al 50% del valor de adjudicación, para los efectos de caucionar el fiel cumplimiento del Contrato referido.
De no suscribirse el contrato dentro de dicho plazo, la adjudicación quedará sin valor alguno y la Municipalidad podrá contratar el uso del terreno con quien lo estime conveniente a los intereses del Municipio, quedando facultada para retener el monto pagado por la adjudicación, a título de multa.
5.  Obligaciones principales de la adjudictaria.
La persona adjudicada con la autorización de uso del inmueble municipal, solo podrá destinarlo al funcionamiento de la Ramada Oficial de Los Vilos, durante los días previstos para las Celebraciones Patrias y con arreglo a las normas que regulan estas actividades.  Para tal objeto, la adjudicataria deberá –a su cargo- ejecutar los trabajos e instalaciones necesarias, dotarlas de los servicios que sean del caso y obtener los permisos y autorizaciones pertinentes, de los organismos correspondientes.


nota: cristian guerra

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